Alcaldía Municipal de Belén Gualcho
Funciones
ACTUALIZADO AL MES DE ENERO 2025
ARTíCULO 13.- (Según reforma por Decreto 48-91 en los numerales 1, 2, 4, 6, 8, 11, 13, 16, 17 y 18) Las municipalidades tienen las atribuciones siguientes: 1) Elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio; 2) Control y regulación del desarrollo urbano, uso y administración de las tierras municipales, ensanchamiento del perímetro de las ciudades y el mejoramiento de las poblaciones de conformidad con lo prescrito en la Ley; 3) Ornato, aseo e higiene municipal; 4) Construcción de redes de distribución de agua potable, alcantarillado para aguas negras y alcantarillado pluvial, así como su mantenimiento y administración; 5) Construcción y mantenimiento de vías públicas por sí o en colaboración con otras entidades. 6) Construcción y administración de cementerios, mercados, rastros y procesadoras de carne, municipales; 7) Protección de la ecología, del medio ambiente y promoción de la reforestación;
8) Mantenimiento, limpieza y control sobre las vías públicas urbanas, aceras, parques y playas que incluyen su ordenamiento, ocupación, señalamiento vial urbano, terminales de transporte urbano e interurbano. El acceso a estos lugares es libre, quedando, en consecuencia, prohibido cualquier cobro, excepto cuando se trate de recuperación de la inversión mediante el sistema de contribución por mejoras legalmente establecido; 9) Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros; 10)Control y regulación de espectáculos y de establecimientos de diversión pública, incluyendo restaurantes, bares, clubes nocturnos, expendios de aguardiente y similares; 11)Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación, sistemas de reforestación, protección del medio ambiente y pagos que les correspondan; Las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgarán permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios; 12)Promoción del turismo, la cultura, la recreación, la educación y el deporte; Ley De Municipalidades Asociación de Municipios de Honduras 10 13)Creación y mantenimiento de cuerpos de bomberos; 14)Prestación de los servicios públicos locales, y mediante convenio, los servicios prestados por el Estado o instituciones autónomas, cuando convenga a la municipalidad; 15)Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según su conveniencia, de conformidad a la ley; Cuando las Municipalidades otorguen el contrato para la construcción de obras o prestación de servicios municipales a empresas particulares con recursos de éstas, podrán autorizarlas a recuperar sus costos y obtener una utilidad razonable, por medio del sistema de cobro más apropiado. Sin perjuicio de los derechos que correspondan a la municipalidad; 16)Coordinación e implantación de las medidas y acciones higiénicas que tiendan a asegurar y a preservar la salud y bienestar general de la población, en lo que al efecto señala el Código de Salud; 17)Gestión, construcción y mantenimiento, en su caso, de los sistemas de electrificación del municipio, en colaboración con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE); y, 18)Coordinación de sus programas de desarrollo con los planes de desarrollo nacionales.
Nombre | Descripción | Subido | Año | Mes | ver |
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Atribuciones Formato Gaceta | Copia digital en formato Gaceta del articulo 13 de la Ley de Municipalidades donde se detallan las atribuciones municipales. | 03-03-2020 | 2020 | Ninguno | |
Funciones | Funciones de la Municipalidad de Belén Gualcho, Ocotepeque establecidas en la Ley de las Municipalidades. | 03-03-2020 | 2020 | Ninguno | |
Reseña Histórica | Se adjunta a continuación la reseña histórica del municipio de Belén Gualcho | 04-08-2021 | 2020 | Diciembre |