Gabinete de Gobernabilidad

Atribuciones por unidad administrativa

Fecha de actualizacion: 10/08/15
Última Actualización: 19 de octubre de 2018

Funciones de Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernación Justicia y Descentralización

1.      Lo concerniente al gobierno interior de la República, así­ como de los mecanismos que fortalezcan, consoliden y aseguren sus instituciones, la participación ciudadana y la gobernabilidad en representación de la población, el cumplimiento de la Visión de Paí­s y Plan de Nación por parte de los diferentes ejecutores y empoderarla de las mismas.

2.      La coordinación, enlace, supervisión, evaluación y fiscalización de los regí­menes departamentales, municipales y organizaciones de la sociedad civil.

3.      Lo relacionado a la colegiación profesional.

4.      La protección y promoción de la moral, la ética y las buenas costumbres dentro de la sociedad.

5.      La responsabilidad ciudadana para la convivencia pací­fica.

6.      El coordinar y dirigir los procesos de descentralización y subsidiaridad la publicación de leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general y su custodia.

7.      El promover y coadyuvar en la prevención y combate de contingencias e incendios en coordinación con las instituciones especializadas.

8.      El otorgamiento, cancelación y registro de la personalidad jurí­dica de todos los entes civiles, su regulación, supervisión, evaluación y fiscalización de las mismas, siempre que las leyes especiales no confieran esta potestad a otros órganos del Estado.

9.      La solución extrajudicial de conflictos generales dentro de su competencia.

10.   La coordinación y el enlace con el Registro Nacional de las Personas, el Tribunal Superior de Cuentas, Instituto de Acceso a la Información Pública y los partidos polí­ticos en su relación con el gobierno.

11.   El rectorar las polí­ticas sobre la gestión de los fondos de emergencia y el desarrollo municipal y la organización ciudadana.

12.   La promoción de la conducta ética de los servidores públicos y su profesionalización.

Funciones y Responsabilidades de los(as) Subsecretarios(as):

a)     Brindar apoyo al Secretario de Estado en la organización, dirección, coordinación y supervisión de las diferentes actividades a ejecutarse por la Secretarí­a en el marco de sus competencias procurando cumplir con los objetivos, estrategias, y polí­ticas de la institución.

b)     Colaborar con el Secretario de Estado en la formulación de la polí­tica y planes de acción de la Secretarí­a así­ como en la formulación, coordinación, vigilancia y control de la Secretarí­a de Estado.

Secretaria  de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

 

Funciones de la Secretarí­a en el Despacho de Derechos Humanos 

La Secretarí­a de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, es la encargada de promover el respeto, protección y garantí­a de los Derechos Humanos, como el ente rector y coordinador de la ejecución de la Polí­tica Pública y del Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos, así­ como del diseño, seguimiento y coordinación de las polí­ticas públicas en materia de Derechos Humanos, especialmente para todas las personas y grupos en situación de vulnerabilidad que requieran de especial promoción y protección a sus Derechos Humanos. 

También corresponde a la Secretarí­a de Derechos Humanos, coordinar y ejecutar los programas de sensibilización, formación, capacitación y promoción de los Derechos Humanos para todos los servidores públicos y la ciudadaní­a en general, así­ como coordinar las instancias de participación, diálogo e interlocución con la sociedad civil sobre Derechos Humanos.

La Secretarí­a de Derechos Humanos, tiene la representación del Poder Ejecutivo en materias de su competencia, es responsable de la presentación de los informes ante los Órganos de Derechos Humanos del Sistema Universal y Regional, la coordinación de las posiciones de paí­s en el ámbito bilateral y multilateral, coadyuvar en la defensa del Estado de Honduras en Comisiones, Comités u Órganos Jurisdiccionales en conjunto con las otras instituciones del Estado de Honduras con responsabilidad en la materia, así­ como del diseño, negociación y ejecución de los programas y proyectos de Derechos Humanos financiados con fondos nacionales o de la cooperación internacional. 

Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretarí­a de Derechos Humanos se debe coordinar estrechamente entre otras con las Secretarí­as de Coordinación General de Gobierno; Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; Seguridad; Gobernación, Justicia y Descentralización; Desarrollo e Inclusión Social; y con instituciones independientes, tales como el Poder Judicial, la Fiscalí­a General de la República, la Procuradurí­a General de la República, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos

 Secretarí­a en el Despacho de Derechos Humanos



Funciones de la Secretarí­a de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional 

1.       La formulación, coordinación, ejecución y evaluación de la polí­tica exterior del Estado y las relaciones, de acuerdo con las instrucciones del Presidente de la República;

2.       Lo concerniente al servicio y carrera diplomática y consular;

3.       La promoción con otros Estados o con organismos internacionales de las relaciones polí­ticas, económicas, culturales y de cooperación internacional, de acuerdo con lo previsto en el Artí­culo 51 de este reglamento;

4.       La atención de los asuntos relativos a soberaní­a y fronteras, incluyendo la formulación de los estudios necesarios para la defensa de los derechos del Estado sobre los lí­mites de su jurisdicción en los espacios terrestres, aéreo, marí­timos y fluviales y sus recursos implí­citos, y, en general, de todos los asuntos relativos a los lí­mites territoriales en los ámbitos indicados;

5.       Los asuntos relativos a la documentación de los hondureños para que puedan abandonar o ingresar al territorio nacional y al otorgamiento a los extranjeros de los visados que requieran para ingresar al paí­s;

6.       Los asuntos relativos al protocolo y ceremonial diplomáticos;

7.       La atención de los asuntos oficiales relacionados con las misiones diplomáticas acreditadas ante el Gobierno de la República, así­ como los correspondientes al Cuerpo Consular igualmente acreditado;

8.       La negociación y suscripción de tratados y convenios internacionales, bilaterales, multilaterales y con organismos internacionales, salvo cuando esta competencia esté atribuida a otras autoridades nacionales;

9.       Lo concerniente al otorgamiento de condecoraciones y honores especiales a funcionarios y personalidades extranjeras, de acuerdo con lo que disponga el Presidente de la República;

10.   La tramitación de solicitudes de extradición y despacho de suplicatorios internacionales;

11.   La legalización de los documentos que originados en Honduras hayan de producir efecto en el exterior y los de otros paí­ses que deban producir en Honduras;

12.   Los asuntos relativos a la defensa de la soberaní­a y la promoción de los intereses nacionales. 

Secretarí­a de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional 



Funciones del Instituto de la Propiedad

1.      Cumplir y hacer cumplir la presente Ley y sus reglamentos:

2.      Coordinar la creación y operación de un sistema integrado de información de la propiedad;

3.      Operar una red informática con el propósito de permitir el acceso público a datos relativos a la propiedad en el paí­s;

4.      Incorporar normas técnicas y prácticas internacionales sobre las materias de propiedad sujetas a su competencia, siempre que no contravengan el derecho interno;

5.      Administrar y supervisar procedimientos uniformes que permitan y aseguren que de manera rápida, económica y segura se realice la constitución, reconocimiento, transmisión, transferencia, modificación, gravamen y cancelación de los derechos de propiedad sujetos a registro;

6.      Administrar, supervisar e instruir sobre el uso de normativas técnicas y formatos estandarizados autorizados por funcionarios y notarios que aseguren el cumplimiento de los procedimientos que permitan y garanticen que de manera rápida, económica y segura se realice la constitución, reconocimiento, transmisión, transferencia, modificación, gravamen y cancelación de los derechos de propiedad sujetos a registro;

7.      Emitir la normativa administrativa para el establecimiento y operación de los registros de la propiedad inmueble, mueble, mercantil, de propiedad intelectual y demás que se creen o se coloquen bajo su competencia;

8.      Garantizar la seguridad y conservación perpetua de las inscripciones que se realicen;

9.      Diseñar y ejecutar un programa de regularización, titulación y registro de la propiedad inmueble que no se encuentre registrada o       que estándolo presente problemas;

10.   Normar el funcionamiento de centros asociados para que operen determinados registros o catastros o faciliten el cumplimiento de sus propósitos;

11.   Utilizar otras bases de datos., metadatos, recursos geomáticos, mapas y registros propiedad del Estado que contengan información que considere útil para el cumplimiento de sus propósitos;

12.   Crear, administrar y poner a disposición del público por cualquier medio electrónico o fí­sico la información sobre los derechos y registros que son de su competencia con las limitaciones señaladas por la ley;

13.   Contribuir a la salvaguarda de la memoria histórica de la nación prestando su colaboración para la preservación de los principales archivos del paí­s;

14.   Emitir las resoluciones que sean necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones y deberes;

15.   Ejecutar las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales; y,

16.   Las demás que señale la Ley y sus reglamentos.

Instituto de la Propiedad


Funciones del Instituto Nacional Agrario (INA):

Nombre Descripción Subido Año Mes ver
Manual de funciones del Gabinete Sectorial de Gobernabilidad y Descentralización Documento donde se detallan las funciones y/o atribuciones por unidad administrativa del Gabinete Sectorial de Gobernabilidad y Descentralización 10-08-2015 2015 Ninguno
pdf
Artí­culo 2 del Decreto PCM 001-2014 Artí­culo que describe por quienes quedo integrado el Gabinete Sectorial de Gobernabilidad y Descentralización, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 05-08-2015 2015 Julio
pdf