Gabinete de Gobernabilidad
Atribuciones por unidad administrativa
Última Actualización: 19 de octubre de 2018
Funciones de Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernación Justicia y Descentralización
1. Lo concerniente al gobierno interior de la República, así como de los mecanismos que fortalezcan, consoliden y aseguren sus instituciones, la participación ciudadana y la gobernabilidad en representación de la población, el cumplimiento de la Visión de País y Plan de Nación por parte de los diferentes ejecutores y empoderarla de las mismas.
2. La coordinación, enlace, supervisión, evaluación y fiscalización de los regímenes departamentales, municipales y organizaciones de la sociedad civil.
3. Lo relacionado a la colegiación profesional.
4. La protección y promoción de la moral, la ética y las buenas costumbres dentro de la sociedad.
5. La responsabilidad ciudadana para la convivencia pacífica.
6. El coordinar y dirigir los procesos de descentralización y subsidiaridad la publicación de leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general y su custodia.
7. El promover y coadyuvar en la prevención y combate de contingencias e incendios en coordinación con las instituciones especializadas.
8. El otorgamiento, cancelación y registro de la personalidad jurídica de todos los entes civiles, su regulación, supervisión, evaluación y fiscalización de las mismas, siempre que las leyes especiales no confieran esta potestad a otros órganos del Estado.
9. La solución extrajudicial de conflictos generales dentro de su competencia.
10. La coordinación y el enlace con el Registro Nacional de las Personas, el Tribunal Superior de Cuentas, Instituto de Acceso a la Información Pública y los partidos políticos en su relación con el gobierno.
11. El rectorar las políticas sobre la gestión de los fondos de emergencia y el desarrollo municipal y la organización ciudadana.
12. La promoción de la conducta ética de los servidores públicos y su profesionalización.
Funciones y Responsabilidades de los(as) Subsecretarios(as):
a) Brindar apoyo al Secretario de Estado en la organización, dirección, coordinación y supervisión de las diferentes actividades a ejecutarse por la Secretaría en el marco de sus competencias procurando cumplir con los objetivos, estrategias, y políticas de la institución.
b) Colaborar con el Secretario de Estado en la formulación de la política y planes de acción de la Secretaría así como en la formulación, coordinación, vigilancia y control de la Secretaría de Estado.
Secretaria de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
Funciones de la Secretaría en el Despacho de Derechos Humanos
La Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, es la encargada de promover el respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos, como el ente rector y coordinador de la ejecución de la Política Pública y del Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos, así como del diseño, seguimiento y coordinación de las políticas públicas en materia de Derechos Humanos, especialmente para todas las personas y grupos en situación de vulnerabilidad que requieran de especial promoción y protección a sus Derechos Humanos.
También corresponde a la Secretaría de Derechos Humanos, coordinar y ejecutar los programas de sensibilización, formación, capacitación y promoción de los Derechos Humanos para todos los servidores públicos y la ciudadanía en general, así como coordinar las instancias de participación, diálogo e interlocución con la sociedad civil sobre Derechos Humanos.
La Secretaría de Derechos Humanos, tiene la representación del Poder Ejecutivo en materias de su competencia, es responsable de la presentación de los informes ante los Órganos de Derechos Humanos del Sistema Universal y Regional, la coordinación de las posiciones de país en el ámbito bilateral y multilateral, coadyuvar en la defensa del Estado de Honduras en Comisiones, Comités u Órganos Jurisdiccionales en conjunto con las otras instituciones del Estado de Honduras con responsabilidad en la materia, así como del diseño, negociación y ejecución de los programas y proyectos de Derechos Humanos financiados con fondos nacionales o de la cooperación internacional.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaría de
Derechos Humanos se debe coordinar estrechamente entre
otras con las Secretarías de Coordinación General de Gobierno;
Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; Seguridad;
Gobernación, Justicia y Descentralización; Desarrollo e
Inclusión Social; y con instituciones independientes, tales
como el Poder Judicial, la Fiscalía General de la República,
la Procuraduría General de la República, el Comisionado
Nacional de los Derechos Humanos
Secretaría en el Despacho de Derechos Humanos
Funciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
1.
La
formulación, coordinación, ejecución y evaluación de la política exterior del
Estado y las relaciones, de acuerdo con las instrucciones del Presidente de la
República;
2.
Lo
concerniente al servicio y carrera diplomática y consular;
3.
La promoción
con otros Estados o con organismos internacionales de las relaciones políticas,
económicas, culturales y de cooperación internacional, de acuerdo con lo
previsto en el Artículo 51 de este reglamento;
4.
La atención
de los asuntos relativos a soberanía y fronteras, incluyendo la formulación de
los estudios necesarios para la defensa de los derechos del Estado sobre los
límites de su jurisdicción en los espacios terrestres, aéreo, marítimos y
fluviales y sus recursos implícitos, y, en general, de todos los asuntos
relativos a los límites territoriales en los ámbitos indicados;
5.
Los asuntos
relativos a la documentación de los hondureños para que puedan abandonar o
ingresar al territorio nacional y al otorgamiento a los extranjeros de los
visados que requieran para ingresar al país;
6.
Los asuntos
relativos al protocolo y ceremonial diplomáticos;
7.
La atención
de los asuntos oficiales relacionados con las misiones diplomáticas acreditadas
ante el Gobierno de la República, así como los correspondientes al Cuerpo
Consular igualmente acreditado;
8.
La
negociación y suscripción de tratados y convenios internacionales, bilaterales,
multilaterales y con organismos internacionales, salvo cuando esta competencia
esté atribuida a otras autoridades nacionales;
9.
Lo concerniente
al otorgamiento de condecoraciones y honores especiales a funcionarios y
personalidades extranjeras, de acuerdo con lo que disponga el Presidente de la
República;
10.
La tramitación
de solicitudes de extradición y despacho de suplicatorios internacionales;
11.
La legalización
de los documentos que originados en Honduras hayan de producir efecto en el
exterior y los de otros países que deban producir en Honduras;
12. Los asuntos relativos a la defensa de la soberanía y la promoción de los intereses nacionales.
Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
Funciones del Instituto de la Propiedad
1. Cumplir y hacer cumplir la presente Ley y sus reglamentos:
2. Coordinar la creación y operación de un sistema integrado de información de la propiedad;
3. Operar una red informática con el propósito de permitir el acceso público a datos relativos a la propiedad en el país;
4. Incorporar normas técnicas y prácticas internacionales sobre las materias de propiedad sujetas a su competencia, siempre que no contravengan el derecho interno;
5. Administrar y supervisar procedimientos uniformes que permitan y aseguren que de manera rápida, económica y segura se realice la constitución, reconocimiento, transmisión, transferencia, modificación, gravamen y cancelación de los derechos de propiedad sujetos a registro;
6. Administrar, supervisar e instruir sobre el uso de normativas técnicas y formatos estandarizados autorizados por funcionarios y notarios que aseguren el cumplimiento de los procedimientos que permitan y garanticen que de manera rápida, económica y segura se realice la constitución, reconocimiento, transmisión, transferencia, modificación, gravamen y cancelación de los derechos de propiedad sujetos a registro;
7. Emitir la normativa administrativa para el establecimiento y operación de los registros de la propiedad inmueble, mueble, mercantil, de propiedad intelectual y demás que se creen o se coloquen bajo su competencia;
8. Garantizar la seguridad y conservación perpetua de las inscripciones que se realicen;
9. Diseñar y ejecutar un programa de regularización, titulación y registro de la propiedad inmueble que no se encuentre registrada o que estándolo presente problemas;
10. Normar el funcionamiento de centros asociados para que operen determinados registros o catastros o faciliten el cumplimiento de sus propósitos;
11. Utilizar otras bases de datos., metadatos, recursos geomáticos, mapas y registros propiedad del Estado que contengan información que considere útil para el cumplimiento de sus propósitos;
12. Crear, administrar y poner a disposición del público por cualquier medio electrónico o físico la información sobre los derechos y registros que son de su competencia con las limitaciones señaladas por la ley;
13. Contribuir a la salvaguarda de la memoria histórica de la nación prestando su colaboración para la preservación de los principales archivos del país;
14. Emitir las resoluciones que sean necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones y deberes;
15. Ejecutar las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales; y,
16. Las demás que señale la Ley y sus reglamentos.
Funciones del Instituto Nacional Agrario (INA):
Nombre | Descripción | Subido | Año | Mes | ver |
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Manual de funciones del Gabinete Sectorial de Gobernabilidad y Descentralización | Documento donde se detallan las funciones y/o atribuciones por unidad administrativa del Gabinete Sectorial de Gobernabilidad y Descentralización | 10-08-2015 | 2015 | Ninguno | |
Artículo 2 del Decreto PCM 001-2014 | Artículo que describe por quienes quedo integrado el Gabinete Sectorial de Gobernabilidad y Descentralización, publicado en el Diario Oficial La Gaceta | 05-08-2015 | 2015 | Julio |