Alcaldía Municipal de San Manuel

Funciones

Fecha de actualizacion: 09/03/16

Actualizado mes de abril 2024

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Municipalidad de San Manuel Cortes Of̲i̲̲̅̅c̲̲̅̅i̲̲̅̅a̲̲̅̅l̲̲̅̅'̲̲̅̅









FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD

Artí­culo 13 de la Ley de Municipalidades: (reformado por decreto no.48-91, gaceta no. 26445 de 23/mayo/1991).

1. Elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio;

Control y regulación del desarrollo urbano, uso y administración de las tierras municipales, ensanchamiento del perí­metro de las ciudades y el mejoramiento de las poblaciones de conformidad con lo prescrito en la Ley.

3. Ornato, aseo e higiene municipal;

Construcción de redes de distribución de agua potable, alcantarillado para aguas negras y alcantarillado pluvial, así­ como su mantenimiento y administración.

5. Construcción y mantenimiento de ví­as públicas por sí­ o en colaboración con otras entidades.

En el ejercicio de las atribuciones que les confiere la constitución de la república y los propósitos y alcances de esta ley, a las municipalidades les corresponde el gobierno y dirección del municipio y, en particular, lo referente a:

6. Construcción y administración de cementerios, mercados, rastros y procesadores de carnes, municipales.

7. Protección de la ecologí­a del medio ambiente y promoción de la reforestación.

Mantenimiento, limpieza y control sobre las ví­as públicas urbanas, aceras, parques y playas que incluyen su ordenamiento, ocupación, señalamiento vial urbano, terminales de transporte urbano e interurbano. El acceso a estos lugares es libre, quedando, en consecuencia, prohibido cualquier cobro, excepto cuando se trate de recuperación de la inversión mediante el sistema de contribución por mejoras legalmente establecido.

9. Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros;

En el ejercicio de las atribuciones que les confiere la constitución de la república y los propósitos y alcances de esta ley, a las municipalidades les corresponde el gobierno y dirección del municipio y, en particular, lo referente a:

Control y regulación de espectáculos y de establecimientos de diversión pública, incluyendo restaurantes, bares, clubes nocturnos, expendidos de aguardiente y similares;

Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación, sistemas de re forestación, protección del medio ambiente y pagos que les correspondan;. Las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgarán permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios;

12. Promoción del turismo, la cultura, la recreación, la educación y el deporte

13. En el ejercicio de las atribuciones que les confiere la constitución de la república y los propósitos y alcances de esta ley, a las municipalidades les corresponde el gobierno y dirección del municipio y, en particular, lo referente a:

Prestación de los servicios públicos locales. Y mediante convenio, los servicios prestados por el Estado o instituciones autónomas, cuando convenga a la municipalidad;

15. Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según su conveniencia, de conformidad con la ley. Cuando las Municipalidades otorguen el contrato para la construcción de obras o prestación de servicios municipales o empresas particulares con recursos de éstas, podrán autorizarlas a recuperar sus costos y obtener una utilidad razonable, por medio del sistema de cobro más apropiado, sin perjuicio de los derechos que corresponden a la municipalidad; En el ejercicio de las atribuciones que les confiere la constitución de la república y los propósitos y alcances de esta ley, a las municipalidades les corresponde el gobierno y dirección del municipio y, en particular, lo referente a:

Coordinación e implantación de las medidas y acciones higiénicas que tiendan a asegurar y preservar la salud y bienestar general de la población, en lo que al efecto señala el Código de Salud;

En el ejercicio de las atribuciones que les confiere la constitución de la república y los propósitos y alcances de esta ley, a las municipalidades les corresponde el gobierno y dirección del municipio y, en particular, lo referente a:

18. Coordinación de sus programas de desarrollo con los planes de desarrollo nacionales.

DE SUS OBJETIVOS:

Artí­culo 14.- Ley de Municipalidades

La Municipalidad es el órgano de gobierno y administración del Municipio y existe para lograr el bienestar de los habitantes, promover su desarrollo integral y la preservación del medio ambiente, con las facultades otorgadas por la Constitución de la República y demás leyes; serán sus objetivos los siguientes:

1. Velar porque se cumplan la Constitución de la República y las leyes;

2. Asegurar la participación de la comunidad, en la solución de los problemas del municipio;

3. Alcanzar el bienestar social y material del Municipio, ejecutando programas de obras públicas y servicios;

Preservar el patrimonio histórico y las tradiciones cí­vicas culturales del Municipio; fomentarlas y difundirlas por sí­ o en colaboración con otras entidades públicas o privadas;

5. Propiciar la integración regional;

6. Proteger el ecosistema municipal y el medio ambiente;

7. Utilizar la planificación para alcanzar el desarrollo integral del Municipio, y;

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 registros

Nombre Descripción Subido Año Mes ver
Atribuciones Corporación Municipal Se detalla las Atribuciones Corporación Municipal 19-01-2016 2016 Ninguno
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Funciones de la Municipalidad Copia digital en formato Gaceta del articulo 13 de la Ley de Municipalidades donde se detallan las atribuciones municipales. 09-03-2016 2016 Ninguno
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Trayectoria de la Municipalidad de San Manuel Cortes Se detalla la Historia de la Municipalidad de San Manuel Cortes 20-01-2016 2014 Ninguno
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